El Modelo 200 es la declaración o liquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS), es un impuesto personal y directo que grava la generación de ingresos por parte de las sociedades y otras entidades jurídicas que se residan en territorio español.
En otras palabras, el modelo 200 es un documento que deben presentar las empresas a Hacienda para informar de los rendimientos obtenidos en su último ejercicio y tributar por ellos.
Esto significa que también afecta a las sociedades civiles con objeto mercantil, asociaciones y fundaciones, ya que grava a las entidades legales, a diferencia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que grava los ingresos de las personas físicas.
El Impuesto sobre Sociedades se basa en dos aspectos clave: la contabilidad y el cálculo de las ganancias contables de la sociedad u organización. La contabilidad y las ganancias son utilizadas para determinar la base imponible y la cantidad a pagar cada año.
Es un impuesto muy importante para los autónomos que hayan creado una sociedad, especialmente las sociedades limitadas y las sociedades anónimas.
El proceso de presentación de este impuesto puede resultar complicado, sobre todo debido a la obligación de llevar una contabilidad mercantil. Si necesitas ayuda nuestro equipo de asesores de Anaga DF te ayudará en todo lo referente a este modelo.
¿Quién está obligado y exento a presentar el Modelo del Impuesto de Sociedades?
Los contribuyentes que están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades son las siguientes entidades (siempre y cuando su residencia esté en territorio español):
- Personas jurídicas (sociedades limitadas, anónimas, comanditarias, cooperativas, fundaciones, asociaciones, etc), excluidas las sociedades civiles sin objeto mercantil.
- Sociedades agrarias de transformación.
- Fondos de inversión de instituciones de inversión colectiva.
- UTES (Uniones temporales de empresas).
- Fondos de capital-riesgo y fondos de inversión colectiva a tipo cerrado.
- Fondos de pensiones.
- Los fondos de regulación del mercado hipotecario.
- Fondos de titulización hipotecaria.
- Fondos de titulización de activos.
- Los fondos de garantía de inversiones.
- Comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
- Fondos de activos bancarios.
Quién no está obligado a pagar por el Impuesto de Sociedades
- Gozan de exención total y no tienen obligación de declarar determinados entes del sector público (Estado, CCAA, Entidades Locales y sus organismos autónomos, entidades gestoras de la Seguridad Social, Banco de España, etc.).
Las rentas obtenidas por las entidades en el régimen de atribución de rentas se atribuyen a los socios, herederos, comuneros o partícipes, aunque la obtención de rentas la realice materialmente la propia entidad, que además es contribuyente por el IAE y por el IVA.
- De exención parcial las entidades e instituciones sin ánimo de lucro, benéficas o de utilidad pública, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales, sindicatos, partidos políticos, etc. Al ser parcial, sí están obligados a declarar las rentas obtenidas.
¿Cómo presentar el modelo 200 y dónde descargarlo?
El plazo para presentar el Modelo 200 se ha establecido en 25 días naturales después de 6 meses desde la finalización del período impositivo (si el ejercicio termina el 31 de diciembre será los 25 primeros días naturales de julio).
Para la domiciliación bancaria se presentará entre los días 1 y 20 de julio de 2023.
Desde hace unos años ya no es posible presentarlo en papel; por lo que la única forma posible y obligatoria es hacerlo a través de internet.
En los últimos años, la falta de presentación del Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades ha sido la principal causa de revocación del NIF.
Novedades del Modelo 200 en 2023
Con el fin de cumplir con la Ley de prevención del fraude, se han implementado diferentes controles en los formularios para la declaración del Impuesto de Sociedades 2022. Estas medidas entraron en vigor el 1 de julio de 2023.
Reducción al 23% del impuesto de sociedades para pymes.
Desde el 1 de enero de 2023 y con carácter indefinido, aquellas sociedades que hayan facturado menos de un millón en el año anterior tendrán un tipo reducido del 23% en lugar del tipo general del 25%.
Amortización acelerada de determinados vehículos.
Las inversiones en vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV que estén afectos a la actividad de la empresa y que entren en funcionamiento entre 2023 y 2025 podrán amortizarse el doble de rápido de lo establecido en las tablas oficiales de amortización.
Libros de los obligados al Impuesto sobre Sociedades
Las sociedades y entidades obligadas al Impuesto sobre Sociedades también lo están a la llevanza de unos libros contables conforme al Código de Comercio.
- El libro diario para anotar cronológicamente el importe de todas las operaciones realizadas en el desarrollo de la actividad empresarial. También puede realizarse anotación conjunta de los totales de las operaciones por períodos no superiores al mes. Su detalle se registra en libros o registros concordantes.
- El libro de inventarios y cuentas anuales que se abrirá con el balance inicial de la empresa y recogerá, de manera periódica (mínimo trimestral), los balances de comprobación posteriores. En él han de asentarse anualmente el inventario de cierre del ejercicio (tercer estado contable) y las cuentas anuales (último estado contable).
- Libros societarios. Entre los que se incluyen los libros de actas, acciones nominativas en las sociedades anónimas y comanditarias por acciones, y el libro de registro de socios en las sociedades de responsabilidad limitada.
Estos libros contables deben conservarse al menos durante 6 años desde su último asiento. Y en caso de disolución de la sociedad, el deber de conservación de los mismos recaerá sobre los liquidadores.
El Modelo 200 es un documento importante que las empresas deben presentar para declarar y tributar por los ingresos generados. Es esencial cumplir con las obligaciones fiscales y llevar los libros contables correspondientes. Si necesitas ayuda con el Modelo 200 o tienes dudas, nuestro equipo de asesores en Anaga DF estará encantado de brindarte su apoyo y asesoramiento.