La correcta contabilización del Impuesto de Sociedades es clave para reflejar de forma fiel la situación financiera de tu empresa. Además, debes tener en cuenta que el asiento del impuesto de sociedades es esencial para cumplir con las obligaciones fiscales que se establecen en el Plan General de Contabilidad (PGC).
Te recomendamos contar con una asesoría contable que tenga experiencia y conocimiento para que la contabilidad de tu empresa o negocio esté correctamente realizada y así evitar posibles sanciones administrativas.
En este artículo te contamos todos los detalles sobre cómo realizar este asiento contable y algunos ejemplos para que te resulte sencillo visualizarlo.
¿Qué es el Impuesto de Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades es un impuesto clave para las empresas en España, ya que grava los beneficios obtenidos por las sociedades y entidades jurídicas que operan en el territorio nacional. Este impuesto aplica tanto a las entidades con residencia fiscal en España como a las que generan ingresos en territorio nacional y su contabilización es clave para los negocios.
Bajo la regulación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, este impuesto establece las bases de cálculo, impuestos, así como bonificaciones, deducciones y obligaciones que deben cumplir las empresas. Además de la recaudación, este impuesto busca la incentivación de actividades estratégicas, como la innovación y el desarrollo económico, mediante atractivos beneficios fiscales.
Las empresas deben cumplir con la presentación anual de la declaración a través del Modelo 200 y realizar pagos fraccionados a cuenta a lo largo del ejercicio fiscal.
Como puedes ver, el Impuesto de Sociedades implica más allá de un compromiso fiscal, ya que también ofrece la oportunidad de planificar de forma estratégica los recursos para optimizar la carga de los tributos de forma completamente legal. Si quieres saber más, tienes un amplio artículo sobre qué es el modelo 200 y el impuesto de sociedades en otro de los artículos de nuestro blog.
Qué tener en cuenta para contabilizar el Impuesto de Sociedades
Realizar el asiento del Impuesto de Sociedades correctamente supone procesos que requieren atención y comprensión de ciertos aspectos para su contabilización. A continuación, te dejamos algunos factores a tener en cuenta:
¿Cómo calcular el Impuesto de Sociedades?
El cálculo del Impuesto de Sociedades sigue una fórmula específica que parte del resultado contable antes de impuestos y aplica los ajustes necesarios para obtener la base imponible:
RESULTADO CONTABLE ANTES DE IMPUESTOS
(Procede de la cuenta de pérdidas y ganancias)
+ Ajustes extracontables positivos (diferencias permanentes y temporarias imponibles):
- Gastos no deducibles fiscalmente (multas, donaciones no deducibles, etc.).
- Ingresos imputables fiscalmente pero no contables en este ejercicio.
- Base imponible × tipo de gravamen = Cuota íntegra.
- Cuota íntegra – deducciones y bonificaciones fiscales = Cuota líquida.
- Cuota líquida – retenciones y pagos a cuenta = Cuota diferencial.
– Ajustes extracontables negativos (diferencias temporarias deducibles):
- Amortizaciones contables superiores a las fiscalmente deducibles.
- Gastos contabilizados que son deducibles en ejercicios futuros.
– Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores (si aplica).
Resultado: Base Imponible
Base Imponible × Tipo de gravamen = Cuota Íntegra
(El tipo general en España es el 25%, aunque hay tipos reducidos según el tipo de entidad).
– Deducciones y bonificaciones fiscales = Cuota Líquida
(Deducciones por I+D+i, actividades culturales, etc.)
– Retenciones y pagos a cuenta realizados durante el ejercicio = Cuota Diferencial
(Cantidad final a ingresar o a devolver).
Este cálculo es crucial para reflejar el importe que la empresa debe pagar o el saldo que Hacienda devolverá.
Ejemplo práctico
Imaginemos una empresa con los siguientes datos:
- Resultado contable antes de impuestos: 100.000 €
- Ajustes positivos (diferencias permanentes): 5.000 €
- Ajustes negativos (diferencias temporarias deducibles): 2.000 €
- Base imponible negativa de ejercicios anteriores compensada: 0 €
- Tipo de gravamen: 25%
- Retenciones y pagos a cuenta: 10.000 €
Cálculo:
- Base Imponible:
100.000 € + 5.000 € – 2.000 € = 103.000 € - Cuota Íntegra:
103.000 € × 25% = 25.750 € - Cuota Líquida:
25.750 € – (deducciones aplicables, si las hubiera). Supongamos que son 0. - Cuota Diferencial:
25.750 € – 10.000 € (retenciones y pagos a cuenta) = 15.750 € a ingresar.
Diferencias permanentes y temporarias
No en todas las ocasiones el resultado fiscal (base imponible) y el resultado contable coinciden debido a las normas fiscales y contables. Cuando esto se produce, esta las diferencias permanentes y temporarias:
- Diferencias permanentes:
Son gastos que no son deducibles fiscalmente ni ahora ni en el futuro. Por ejemplo, una empresa que compra regalos de alto valor para sus clientes o una sanción administrativa no deducible. - Diferencias temporarias:
Surgen cuando un ingreso o gasto se reconoce en momentos distintos en contabilidad y fiscalidad. Por ejemplo, una amortización acelerada puede provocar que, durante algunos años, el gasto contable y fiscal no coincidan, aunque en el tiempo se igualen.
Registrar las diferencias temporarias
El Plan General de Contabilidad (PGC) exige que las diferencias temporarias se registren correctamente:
- Diferencias imponibles: Generan un pasivo por impuestos diferidos en la cuenta (479).
- Diferencias deducibles: Generan un activo por impuestos diferidos en la cuenta (4740).
- Estas cuentas reflejan los ajustes necesarios para garantizar que la contabilidad muestra una imagen fiel de las obligaciones fiscales presentes y futuras de la empresa.
Las diferencias temporarias generan la necesidad de registrar pasivos por impuestos diferidos, ajustando así la carga fiscal futura.
Periodo de presentación del Impuesto de Sociedades
El periodo impositivo del Impuesto de Sociedades suele coincidir con el ejercicio fiscal de la empresa, que generalmente es el año natural (1 de enero al 31 de diciembre). Sin embargo, las empresas pueden optar por un ejercicio fiscal diferente.
El impuesto debe presentarse en los 25 días naturales posteriores al cierre del semestre tras el fin del ejercicio fiscal. Por ejemplo, si el ejercicio fiscal coincide con el año natural, el plazo de presentación finaliza el 25 de julio.
La declaración se realiza mediante el Modelo 200.
Retenciones y pagos a cuenta
A lo largo del ejercicio, las empresas pueden haber soportado retenciones que pueden ser deducibles. Por ejemplo, ingresos como alquileres o rendimientos de capital mobiliario.
Además de retenciones, las empresas están obligadas a realizar pagos fraccionados en el ejercicio. Estos se efectúan a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y deben declararse en el modelo 202.
Pagos fraccionados: Se realizan en tres periodos: del 1 al 20 de abril, del 1 al 20 de octubre y del 1 al 20 de diciembre.
Estos importes se deducen de la cuota líquida para obtener la cuota diferencial, que representa el importe a pagar o a devolver.
El contabilizar el Impuesto de Sociedades implica un entendimiento profundo de los ajustes contables y fiscales. Conocer conceptos contables es clave para cumplir con las obligaciones legales y evitar errores graves en la contabilidad de la empresa.
Cuentas contables que tienen relación con el Impuesto de Sociedades
De acuerdo al Plan General Contable (PGC), el Impuesto de Sociedades contempla las siguientes cuentas contables
(6300) Impuesto sobre beneficios corriente
Registra el importe del impuesto devengado en el ejercicio.
(6301) Impuesto diferido
Registra los impuestos diferidos que surgen de las diferencias temporarias entre la base contable y la base fiscal de los activos y pasivos.
(4740) Activos por diferencias temporarias deducibles
Representa los importes que reducirán la carga fiscal en ejercicios futuros debido a diferencias temporarias deducibles.
(479) Pasivos por diferencias temporarias imponibles
Registra las obligaciones fiscales futuras derivadas de diferencias temporarias imponibles.
(473) Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta
Registra las retenciones y pagos a cuenta realizados durante el ejercicio que se aplicarán al liquidar el impuesto.
(4752) Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades
Registra el importe a pagar a la Hacienda Pública por el Impuesto sobre Sociedades una vez calculada la cuota líquida.
(4709) Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos
Se utiliza cuando, tras la liquidación del impuesto, resulta un saldo a favor de la empresa, indicando el derecho a recibir una devolución.
(129) Resultado del ejercicio
Al cierre del ejercicio, el gasto por impuesto sobre beneficios se regulariza contra esta cuenta para determinar el resultado neto del ejercicio.
Asientos contables del Impuesto de Sociedades
Una vez se han hecho los cálculos extracontables se procede a realizar los asientos contables correspondientes al Impuesto de Sociedades.
Dependiendo de si sale a pagar o a devolver, el asiento del Impuesto de Sociedades se diferenciará en lo siguiente:
A pagar:
CUENTA CONTABLE | DEBE | HABER |
(6300) Impuesto sobre beneficios corriente
|
A+B | |
(4752) Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades
|
A | |
(473) Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta | B |
A devolver:
CUENTA CONTABLE | DEBE | HABER |
(6300) Impuesto sobre beneficios corriente
|
A | |
(4752) Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades
|
B | |
(473) Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta | A+B |
En el siguiente ejercicio, cuándo se realiza el pago de deuda por Impuesto sobre Sociedades, el asiento contable es el siguiente:
CUENTA CONTABLE | DEBE | HABER |
(4752) Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades
|
A | |
(572) Bancos | A |
Contabilización de impuestos diferidos
- Pasivos por impuestos diferidos: Se generan por diferencias temporarias que aumentan la carga fiscal en el futuro. Se contabilizan en la cuenta (479).
- Activos por impuestos diferidos: Representan reducciones futuras de la carga fiscal y se registran en la cuenta (4740).
Ambos se contraponen a la cuenta (6301) Impuesto diferido, ajustando el gasto del ejercicio.
Regularización final y cierre contable
Al final del ejercicio, se debe ajustar la cuenta (4752) para reflejar el importe exacto a pagar o devolver, considerando los pagos fraccionados y retenciones realizados durante el año.
Ejemplo de cómo contabilizar el Impuesto de Sociedades
La sociedad Expertosencontabilidad S.L. adquiere a principios de 2025 un sistema de gestión de inventarios por un valor de 3.500 €, que contablemente se amortizará en 5 años. Sin embargo, a efectos fiscales, la empresa aplica libertad de amortización y decide deducirlo íntegramente en 2025.
Esto genera una discrepancia entre el criterio contable y fiscal:
- Valor contable al cierre de 2025:
500 € – (3.500 € ÷ 5 años) = 2.800 € - Base fiscal:
0 € (amortización íntegra). - Diferencia temporaria imponible:
800 € - Impacto fiscal:
25% de 2.800 € = 700 €
El resultado del ejercicio antes de impuestos es 55.000 €, y las retenciones y pagos a cuenta realizados son 4.500 €. No hay deducciones fiscales aplicables.
Cálculo del impuesto de sociedades:
- Resultado contable antes de impuestos:
000 € - + Incrementos del resultado contable (diferencias positivas):
800 € - Base imponible:
000 € + 2.800 € = 57.800 € - Cuota íntegra:
800 € × 25% = 14.450 € - – Deducciones y bonificaciones fiscales:
0 € - Cuota líquida:
450 € - – Retenciones y pagos a cuenta:
500 € - Cuota diferencial (importe a pagar):
450 € – 4.500 € = 9.950 €
Asientos contables
Registro del impuesto corriente:
Debe
- Impuesto sobre beneficios corriente 18.250 €
- Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta 6.000 €
Haber
- Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades 12.250 €
Registro de la diferencia temporaria imponible:
Copiar código
Debe:
- Impuesto sobre beneficios corriente diferido 700 €
Haber:
- Pasivos por diferencias temporarias imponibles 700 €
Notas importantes:
- Diferencia temporaria imponible:
Los 700 € representan el menor impuesto pagado en este ejercicio debido a la amortización fiscal inmediata. Este importe se ajustará en futuros ejercicios conforme se registren las amortizaciones contables. - Reversión futura:
En los próximos años, cuando contablemente se reconozca la amortización restante (2.800 €), se revertirá esta diferencia temporaria y el pasivo por impuestos diferidos se reducirá.
Errores comunes a evitar en la contabilización del Impuesto de Sociedades
A la hora de hacer asientos del Impuesto de Sociedades es importante prestar atención para no cometer errores. A continuación, te damos algunos de los más comunes
No incluir las retenciones correctamente en la cuota diferencial
Las retenciones y los pagos a cuenta deben restarse de la cuota líquida para obtener la cuota diferencial. Omitirlas puede resultar en una liquidación incorrecta del impuesto.
Asegúrate de registrar todas las retenciones del ejercicio en la cuenta (473) y que estén correctamente conciliadas con los certificados de retenciones emitidos por terceros.
Olvidar los ajustes extracontables al calcular la base imponible
No incluir ajustes positivos o negativos, como gastos no deducibles (multas) o ingresos imputables, genera una base imponible incorrecta.
Revisa la cuenta de pérdidas y ganancias y aplica los ajustes necesarios según las normas fiscales.
Confundir diferencias permanentes con temporarias
Las diferencias permanentes no se compensan en ejercicios futuros, mientras que las temporarias sí lo hacen. Mezclarlas puede llevar a registrar mal los activos y pasivos por impuestos diferidos.
No registrar correctamente los impuestos diferidos
La falta de un adecuado registro de las diferencias temporarias en activos o pasivos por impuestos diferidos puede distorsionar la imagen fiel de las cuentas.
Confirma que las diferencias temporarias imponibles se reflejan en la cuenta (479) y las deducibles en la cuenta (4740), ajustándolas contra (6301) al cierre.
No ajustar la cuenta (4752) al cierre del ejercicio
No ajustar esta cuenta puede generar discrepancias entre los pagos realizados y el importe real a pagar o devolver a Hacienda. Te recomendamos que hagas una regularización final que contemple todos los pagos fraccionados y las retenciones registradas.
No considerar las deducciones y bonificaciones fiscales aplicables
Pasar por alto incentivos fiscales como los relacionados con I+D+i o actividades culturales puede suponer pagar más impuestos de los necesarios.
Errores en los plazos de presentación
Presentar fuera del plazo (Modelo 200 o Modelo 202) conlleva sanciones y recargos. Usa calendarios fiscales o herramientas digitales para no olvidar las fechas clave.
Uso de software de contabilidad
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Hemos llegado al final de este artículo, esperamos que ahora tengas más claro cómo contabilizar el Impuesto de Sociedades. Si es así y crees que este contenido puede ser útil para otros emprendedores cómo tú, compártelo para que puedan darle uso.
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